FACUA DENUNCIA IRREGULARIDADES EN LA SUBIDA DEL AGUA

FACUA-Consumidores en Acción advierte de las graves irregularidades en las que ha incurrido el Ayuntamiento de Almendralejo en la revisión de tasas municipales referentes al suministro y evacuación de aguas, así como a la limpieza de acometidas, aprobada en pleno municipal el pasado mes de julio.

La asociación, a instancias de su delegación territorial en Extremadura, considera que dichas irregularidades invalidan la modificación de las ordenanzas fiscales al no estar convenientemente justificadas ni en fondo ni en forma, por lo que reclama al consistorio extremeño que las anule y las tramite conforme a la legalidad vigente.

FACUA argumenta, por un lado, que cada uno de los servicios públicos descritos anteriormente, y cuyas tasas resultan objeto de revisión, está desarrollado en una Ordenanza propia que regula su tasa, requiriendo una aprobación cada una por separado. Sin embargo, el expediente de modificación de las ordenanzas fiscales publicado en el Boletín Oficial de Extremadura número 148, de 4 de agosto de 2016, se tramita todo como un único expediente, donde se aprecia una evidente confusión y solapamiento de datos relevantes, así como la omisión de otros fundamentales, llegando incluso a repetir referencias mediante el sistema de copia y pega.

No existe, pues, un expediente económico diferenciado por cada tasa, así como su correspondiente propuesta de modificación. Tampoco se incluye informe económico-financiero que justifiquen los incrementos de la tasa en cada servicio. Todos los servicios.

Falta de documentación

La asociación subraya también la ausencia de desglose alguno en el que se transcriban los ingresos y gastos, tanto los que se pretenden compernsar de ejercicios pasados como los previstos para el año 2016, por cada uno de los servicios. Ello provoca que resulte imposible realizar ningún tipo de análisis.

Todo ello redunda en la confusión y la falta absoluta de transparencia del proceso, impidiendo que los servicios se gestionen y controlen de manera eficiente. Ni siquiera resulta viable formular de manera correcta una propuesta tarifaria adecuada y diferenciada para cada servicio.

FACUA recuerda que, según lo establecido en la Ley 8/1989, de 13 de abril, sobre las Tasas y precios Públicos, “toda propuesta de establecimiento de una nueva tasa, o de modificación de las cuantías de una preexistente, deberá incluir una memoria económico-financiera sobre el coste o el valor del recurso o actividad de que se trate, y sobre la justificación de la cuantía de la tasa propuesta”. La falta de este requisito, advierte la misma norma, “determinará la nulidad de pleno derecho de las disposiciones reglamentarias que determinen las cuantías de las tasas”.

IPC mal aplicado

La asociación también justifica su reclamación en el Real Decreto 2/2004, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuyo artículo 25 dispone que “los acuerdos de establecimiento de tasas deberán adoptarse a la vista de informes técnico-económicos en los que se ponga de manifiesto el valor de mercado o la previsible cobertura del coste de aquellos, respectivamente”. Informes que, según el citado artículo, “se incorporarán al expediente para la adopción del correspondiente acuerdo”.

Por otro lado, FACUA advierte de que el IPC que se ha tenido en consideración es erróneo. El que debe aplicarse es la variación anual del mismo, esto es, de junio a junio. En base a ello, el porcentaje debería ser del 3,3%, y no el 4,25%. La fórmula expuesta en el expediente es, por tanto, equivocada.

Según lo dispuesto anteriormente, FACUA considera injustificada las respectivas propuestas de subida de tarifas (5,2% por abastecimiento, saneamiento y limpieza de acometidas, así como un 23% por la depuración de aguas residuales) por falta de motivación, justificación, y por estar sustentada en datos incorrectos y confusos.